OBLIGACIONES NEGOCIABLES: La mejor alternativa para el colchón

26 diciembre, 2022

Una obligación negociable es un título negociable de deuda que empresas ponen en circulación como herramienta para financiarse a través de la captación de nuevos inversores. También son conocidas como BONOS CORPORATIVOS.

Cuando se emite una obligación negociable, se emite con ella un “Prospecto de Emisión”, en donde se detalla cómo y cuando se abonara la renta y amortización de la inversión, fecha de vencimiento, ley que la rige (puede ser Argentina o Extranjera), moneda en la cual nos va a pagar, entre otros datos.

Es decir, como el pago ya está predeterminado al momento de la emisión, estamos hablando de un instrumento de RENTA FIJA.

Estos bonos privados pueden comprarse y venderse tanto en pesos como en dólares. La mayoría realiza un pago trimestral, cuatrimestral o semestral de un “cupón de Renta” en base a la tenencia de nominales que tengamos al momento del pago.

Las ONs pueden ajustar por diferentes tasas (Cer, Badlar, etc).

Las más recomendadas por nosotros a nuestros clientes, son aquellas que independientemente de la moneda de compra, realizan el pago de la renta prefijada en dólares y si se lleva al vencimiento de cada obligación, el capital será devuelto en dólares (aunque se haya comprado siempre en pesos).

Si bien existen bonos en dólares del gobierno, por lo general son los más incumplidos por el mismo. Ahí es donde las ONs se convierten en una buena alternativa de inversión, ya que las empresas (en gran medida) cumplen con lo establecido en el prospecto de emisión.

Actualmente podemos encontrar Obligaciones Negociables que rindan entre un 7% y un 10% anual en dólares. Hoy en día EE. UU. cuenta con una inflación promedio del 7% anual. Es decir, invirtiendo en ONs, podemos cubrirnos de la perdida de poder adquisitivo del dólar e incluso, ganar unos puntos a la misma. A la vez se posiciona como una de las mejores alternativas de buscar inversiones “atadas al dólar” para protegerse de la inflación y la caída del peso argentino.

¿Ley Argentina o Ley Extranjera?

La legislación bajo la cual se emite un bono es la que determina cuales serán las leyes y los tribunales en los que se dirimen las disputas. Como en el caso de emisión de deuda de un país, seria justamente dicha nación una de las partes en disputa, puede presumirse que un tribunal local pueda tener conflictos de intereses, sufrir presiones o estar sesgado a la hora de impartir justicia.

Por ese motivo, especialmente cuando un país emite deuda, buscara colocar entre inversores extranjeros, es conveniente que un tribunal neutral sea quien resuelva las disputas bajo Ley Extranjera: la discrecionalidad con la que podrá moverse el gobierno respecto a las modificaciones en los términos de emisión de los bonos y las clausulas que se incluyen en las condiciones de emisión.

Respecto a la discrecionalidad, los bonos ley local podrían verse modificados con una sola emisión de un DNU o con la aprobación de una ley en el Congreso Nacional con mayoría. Ambas alternativas parecen estar muy al alcance de la mano.

Esta situación no se replica en los bonos Ley Extranjera, por las clausulas especiales que se incluyeron al momento de la emisión.

Cláusulas de bonos Ley Extranjera.

  1. En primer lugar, tienen entre sus condiciones una Cláusula de Acción Colectiva, la cual establece que el emisor del bono puede hacer una propuesta de cambio, la cual deberá ser aceptada por una supermayoría de los tenedores del bono para ser efectiva. Esta mayoría especial se define en el prospecto de emisión de los bonos.
  2. En segundo lugar, los bonos con Ley Nueva York tienen una clausula de “Cross Default” (cesación de pagos cruzada). Esta indica que, si un bono entra en evento de default, todos los otros bonos que la incluyan pueden ser también considerados en default.
  3. En tercer lugar, existe la llamada cláusula de aceleración que hace que, ante un evento de default, los tenedores del bono pueden reclamar que se pague la totalidad inmediata del capital y los intereses.

Cabe destacar que no necesariamente, la ley bajo la cual fueron emitidas determina la moneda en la que abonaran los intereses a pagar. La mayoría de las ONs Ley Extranjera, pagan dólar cable (dólares en el exterior), pero también existen emitidas bajo Ley Local que abonan de la misma manera.

Aspectos para tener en cuenta a la hora de invertir en ONs.

  • Liquidez de la ON en el mercado secundario y solvencia de la empresa que la emite.
  • Su fecha de vencimiento, aunque no es obligatorio mantenerla hasta esa fecha.
  • Algunas Ons tienen mínimos de compra, los mínimos se refieren a valores nominales (cantidad de ONs).
  • Moneda en que nos va a pagar y ley que rige el bono.
  • Siendo acreedores de la empresa, ante un evento que afecte la solvencia de esta, tenemos prioridad de cobro por sobre un accionista (que es parte de la empresa).

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